Hace muy pocos días celebramos 10 años de la sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario (26618). En la Argentina de hoy y en el contexto latinoamericano, esta ley significó un avance extraordinario en lo que respecta a la igualdad de derechos en todos los actos que las personas con independencia de su sexualidad o identidad sexual puedan ejercer. Adquirir derechos implica dotar de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia, por lo tanto esta ley incidió de manera efectiva en la discriminación de personas que por su orientación sexual estaban afuera del alcance de un derecho civil.
Si el derecho es un conjunto de principios y normas, generalmente inspirados en ideas de justicia y orden, que regulan las relaciones humanas en toda sociedad y cuya observancia está inscripta en los modos racionales de regulación social en el marco del contrato del Estado de derecho, una ley tiene una eficacia instrumental indudable, impuesta de forma coactiva por parte de un poder público, podemos pensar que esos principios y esas ideas de lo que es justicia y orden fluctúan en las sociedades y en los decisores y por lo tanto incide en las construcciones simbólicas que atraviesan a una sociedad para legitimar o no un derecho adquirido.
Es la tensión entre la eficacia instrumental y la eficacia simbólica la que luego se pone en juego en la práctica concreta, lo instrumental en términos de derechos y obligaciones y la difusión y publicidad en la eficacia simbólica que tiene efectos transformadores en las subjetividades, en la percepción al respecto de lo bueno y lo malo, lo legítimo y lo ilegítimo.
No caben dudas de que en el año 2010, el Frente para la Victoria tenía en el Congreso de la Nación una favorable representación política, que obviamente incidió para obtener el respaldo a la sanción de la ley. Pero dado que la misma fue votada por cada uno de los representantes, la votación reflejó con mucha claridad las posiciones ideológicas, culturales y diversas que se observan en el país federal, entre un pensamiento conservador (los votos negativos y las abstenciones) que atraviesa a las distintas representaciones políticas, y la decisión de un gobierno a cargo del Estado, que expresaba una clara posición en relación al avance de derechos en un país democrático, cuyo eje son los derechos humanos.
La Ley del Matrimonio Igualitario tuvo como principales protagonistas a las organizaciones de todos los grupos que representaban a quienes estaban privados de ese derecho. El papel de los grupos LGTBIQ+, la CHA y otros marcaron y sostuvieron la agenda del Estado, el apoyo y militancia en el Congreso y en las propias instituciones del Estado que asumieron el papel de intervención directa en la promoción de los derechos. El caso del INADI entre ellos. O sea que, para poder generar las condiciones para una votación favorable, esas militancias y esas instituciones gestionaron el camino para una transformación cultural a través de construcciones simbólicas.
La consagración de la ley no fue suficiente, fue necesario introducir modificaciones en algunos artículos del Código Civil (especialmente en aquellos que enunciaban que un matrimonio solo podía concretarse por parte de dos personas de distinto sexo). Y estas modificaciones tardaron mucho tiempo más en realizarse, recién en el año 2015 se modificaron. Está claro que el matrimonio igualitario constituyó una reivindicación de derechos civiles y resguarda tanto los bienes como el derecho a conformar familia, a adoptar y constituirse en padres o madres. Y es el ejercicio de estos derechos lo que puso en cuestionamiento a las instituciones, las religiones, los modelos culturales, la educación y tantas otras. Las religiones y sus iglesias son cuestionadas y aún hoy muchas de ellas siguen ejerciendo un poder contrario que coloca a las creencias por sobre el derecho.
A 10 años de la sanción de la ley, se puede observar que la misma se dictó en un momento y contexto que la hizo posible, y la variable más importante que puede haber dado lugar a ello se inscribe en el papel que el Estado asume en la representación que le cabe sobre el conjunto de las relaciones sociales que ocurren en la sociedad que lo contiene. Sin el papel del Estado, y por ende quien a cargo de su gobierno lideró e impulsó el alcance de un derecho, no hubiera sido posible. La articulación del gobierno del Estado con la sociedad y sus organizaciones fue un claro ejercicio de democracia y sus principios de igualdad y justicia. Podría decirse que toda la legislación que luego de esta se sancionó a continuación, como la Ley de Identidad de Género, se inscribieron en la misma línea.
Pero también es adecuado señalar que la ley tiene una eficacia instrumental, y que para que esto ocurra, es necesario revisar y analizar cómo han ocurrido los hechos concretos en el país federal que somos. ¿Es la igualdad de derechos, lo mismo que igualdad en los hechos? Ambos aspectos se encuentran en diálogo y en tensión, ya que la aplicación y el cumplimiento de la ley, su eficacia instrumental, depende de sus operadores efectivos, de la interpretación y aceptación del entramado legal en el horizonte de creencias y prácticas reguladas por la cultura, por la religión, por el pensamiento conservador que atraviesa tanto a los operadores de justicia como a las relaciones sociales de la ciudadanía. Un Estado legitima la discriminación simbólica e institucional cuando sus operadores actúan desde lo simbólico o desde las creencias. Es esta tensión la que merece ser observada en las prácticas y acciones que operan en ese horizonte.
Las leyes sancionadas hace 10 años y las que esperamos sancionar como la ley por la despenalización del aborto son imprescindibles para seguir construyendo un país mas igualitario. Es también necesario que la Ley de Educación Sexual Integral sea realmente un instrumento que se legitime con fuerza en la educación pública, porque es desde allí donde la batalla cultural debe permitir un cambio en la preeminencia de las creencias que se amparan en las religiones. El contexto político de hoy muestra un avance en el mundo de políticas conservadoras, que van cuestionando los alcances de las políticas públicas de género. No estamos al margen de estos procesos.
Violeta Correa es docente de UNLa y ex directora de la carrera de especialización en Género, Políticas Públicas y Sociedad. Alejandra Correa Sansone es comunicóloga, gestora cultural y estudiante de la Maestría en DDHH de nuestra universidad.
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